AB-EIC dispone de un procedimiento gratuito para el tratamiento de las reclamaciones que puedan presentar sus clientes cuando consideren que la actuación de la entidad haya vulnerado sus derechos o intereses legítimos en relación con sus actividades de inspección, verificación y control como Entidad Colaboradora Urbanística.
El plazo máximo de resolución de la reclamación por parte de AB-EIC será de un mes. Cuando la resolución sea desfavorable, o bien cuando no se resuelva expresamente, el solicitante tiene el derecho a trasladar la reclamación ante el órgano competente del Ayuntamiento de Madrid en el plazo de quince días hábiles.
Los datos personales aportados en la reclamación serán recogidos y tratados por AB-EIC con la única finalidad de gestionar el expediente, garantizando la entidad la confidencialidad de los mismos para cualquier otro fin distinto del anterior.
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